Bolivia

D.S. 5676 no modifica el precio de venta del diésel que se carga directamente en el tanque de los vehículos

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La Paz, 18 de agosto de 2026

(La Paz, 17 de agosto de 2026).-

El nuevo precio referencial (Bs 18) es sólo para unidades y empresas que compran diésel a gran escala: Grandes Consumidores GRACOS, Clientes Directos y Usuarios Directos, quienes adquieren el combustible para trasladarlo a sus instalaciones y que no realizan el cargado directo en el tanque de un vehículo. Todos los automóviles, camiones o vehículos que cargan diésel en sus propios tanques de uso inmediato podrán seguir comprándolo con el precio anterior.

“Con relación a la canasta básica, este ajuste no debería afectar los precios, porque (…) los transportistas no están afectados por este precio. Van a poder seguir yendo al surtidor y cargar su diésel al precio que se estaba cargando”, puntualizó el Ministro de la Presidencia, Fernando Aramayo, en una conferencia de prensa, junto al Ministro de Hidrocarburos y Energías, Marcelo Blanco.

El Decreto Supremo 5676 establece que el precio referencial se determinará por el ente regulador, tomando en cuenta los costos de importación e impuestos correspondientes a la venta de diésel.

“El ente regulador establecerá y publicará en su página institucional diariamente el Precio Referencial del Diésel, aplicando la metodología aprobada por el Ministerio de Hidrocarburos y Energía”, añade la norma.

“Tomamos una línea estratégica específica: dejar de desangrar al Tesoro General del Estado con la compra de hidrocarburos que no corresponden al precio internacional”, añadió el Ministro Aramayo.

Categorías de compradores externos a vehículos:

1. Usuario directo: compra desde 120 hasta 5.000 litros de manera mensual.

2. Cliente directo: compra desde 5.000 hasta 19.999 litros de manera mensual.

3. Gran Consumidor (GRACO): Adquiere volúmenes iguales o mayores a 20.000 litros de manera mensual.

El decreto autoriza a “YPFB a comercializar diésel a Clientes Directos y Grandes Consumidores – GRACOS, a Precio Referencial” Además, autoriza “a las Estaciones de Servicio y/o Puestos de Venta de Combustibles Líquidos a comercializar Diésel proveniente de YPFB, a Usuarios Directos, a Precio Referencial”.